Abogados Fiscalistas en Madrid · Asesoramiento Tributario
Ofrecemos servicios tributarios integrales orientados a optimizar la situación fiscal del cliente con un asesoramiento preciso, alineado siempre con su estructura patrimonial y societaria global.
Asesoramiento fiscal integral
Asesoramos en materia fiscal a personas físicas residentes y no residentes, empresas familiares y family offices, clientes privados, fundaciones y fondos de inversión, en el ámbito nacional e internacional.
Procedimientos tributarios y defensa
Asesoramos, representamos y defendemos los derechos de nuestros clientes en toda clase de procedimientos de comprobación e inspección por parte de la Administración Tributaria, así como en la defensa legal en procesos económico-administrativos y contencioso-administrativos ante los órganos judiciales de cada instancia.
Fiscalidad internacional
- Planificación fiscal de operaciones transfronterizas.
- Aplicación de Convenios para evitar la doble imposición.
- Tributación de no residentes y régimen de impatriados.
- Declaración de bienes en el extranjero (Modelos 720 y 721).
- Estructuras de tenencia patrimonial e inversión internacional.
Cuándo podemos ayudarle
Algunos escenarios habituales en los que el despacho interviene:
- Su empresa o usted mismo ha recibido una notificación de inicio de inspección por parte de la Administración Tributaria.
- Tiene bienes en el extranjero y necesita cumplir con los Modelos 720 y 721, o regularizar declaraciones omitidas.
- Es no residente con ingresos, bienes o inversiones en España.
- Planifica un cambio de residencia fiscal o un traslado entre jurisdicciones.
- Necesita estructurar la fiscalidad de una sociedad familiar, una fundación o un fondo de inversión.
- Una sentencia o resolución requiere recurso ante vía económico-administrativa o contencioso-administrativa.
Clientes a los que asesoramos habitualmente
- Personas físicas residentes con patrimonio internacional.
- No residentes con bienes o ingresos en España.
- Empresas familiares y family offices.
- Sociedades extranjeras con actividad en España.
- Fundaciones y fondos de inversión.
Convenios de doble imposición con los que trabajamos habitualmente
Aplicamos los Convenios para evitar la doble imposición suscritos entre España y, entre otros, Bélgica, Países Bajos, Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo, Reino Unido, Suiza y Estados Unidos. Para jurisdicciones sin convenio aplicable, coordinamos con asesores locales para evitar duplicaciones impositivas.
Documentación inicial útil
Para valorar el asunto agradecemos disponer de:
- Resumen breve de la situación fiscal o el procedimiento abierto.
- Notificaciones recibidas (si las hubiera).
- Última declaración del IRPF o del Impuesto de Sociedades.
- Detalle de bienes e ingresos por país.
- Cualquier estructura societaria o de tenencia relevante.
Hablemos de su asunto
Una primera reunión para entender el caso y darle un criterio claro de partida. Sin coste ni compromiso.
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