Lo que conviene saber antes de la primera reunión
Las preguntas que de verdad nos hacen quienes escriben al despacho, empezando por las más frecuentes. Si la suya no figura aquí, escríbanos.
¿Tengo que viajar a Madrid?
En la mayoría de los asuntos, no. La primera reunión puede celebrarse por videoconferencia, y los trámites que exigen firma —aceptar una herencia, otorgar capitulaciones, comparecer ante notario— se resuelven habitualmente mediante poderes otorgados ante un notario del país donde usted resida, con la apostilla correspondiente, o ante el consulado de España. También tramitamos por su cuenta el número de identificación fiscal español que necesitará. Hemos llevado asuntos con intervinientes repartidos entre Europa, Estados Unidos y Asia sin que ninguno tuviera que desplazarse.
¿En qué idioma me van a atender?
En el suyo, si es alguno de estos cuatro: español, francés, inglés o neerlandés. No se trata de traducir después: el abogado que analiza su asunto, le aconseja y firma los escritos habla su idioma. Los informes y la correspondencia se redactan igualmente en la lengua que usted prefiera, lo que en asuntos familiares con varios interesados en distintos países evita que uno de ellos acabe haciendo de traductor de los demás.
Han pasado muchos años sin hacer nada. ¿Llego tarde?
No necesariamente, y con frecuencia el paso del tiempo juega a favor. En materia tributaria muchas obligaciones prescriben a los cuatro años, de modo que una situación sin regularizar durante mucho tiempo puede resultar menos gravosa de lo que se teme. Otros plazos, en cambio, son de caducidad y no admiten prórroga. Saber en cuál de los dos casos está usted es precisamente el objeto de la primera reunión, y suele resolverse en una conversación. Lo que nunca conviene es dejar de preguntar por miedo a la respuesta.
Vivo fuera de España y tengo aquí una vivienda o una herencia. ¿Pueden ayudarme?
Es uno de los asuntos más frecuentes del despacho. Un no residente propietario de un inmueble en España tiene obligaciones fiscales propias que no se cubren pagando el IBI, y una herencia con bienes aquí exige tramitación española aunque el fallecido y los herederos vivan fuera. Nos ocupamos del conjunto: ley aplicable, impuestos, notaría y Registro de la Propiedad.
¿Qué asuntos no lleva el despacho?
No llevamos procesal civil ni recursos ante los tribunales españoles, ni derecho penal, ni derecho laboral individual, ni presentamos declaraciones ante administraciones tributarias de otros países. Cuando una consulta cae fuera de nuestro ámbito lo decimos en la primera respuesta y, siempre que podemos, orientamos sobre dónde dirigirse.
Mi asunto implica a varias personas de la familia. ¿Pueden asesorarnos a todos?
Habitualmente sí, y suele ser lo más práctico y económico. Antes de empezar lo formalizamos por escrito, con la confirmación de todos los interesados, dejando claro que si surgiera una discrepancia real entre ellos el despacho tendría que apartarse y cada uno necesitaría asesoramiento propio. Lo planteamos siempre al principio, porque protege a la familia más que al despacho.
¿Cómo sé si mi asunto encaja con este despacho?
Si cruza al menos dos ordenamientos y necesita criterio más que tramitación, encaja. No lo determina el tamaño del patrimonio: llevamos tanto operaciones societarias internacionales como la herencia de una única vivienda. Lo que no encaja son los asuntos puramente internos que resuelve mejor un despacho especializado en esa materia concreta.
¿Qué ocurre con la parte de mi asunto que está en otro país?
El despacho ejerce ante los tribunales y administraciones de España. Cuando un asunto exige actuaciones en otro país, nos ocupamos de que se realicen y de que encajen con la estrategia española, recurriendo a profesionales locales cuando la actuación lo requiere. Usted mantiene un único interlocutor para el conjunto del asunto y recibe un criterio único, no dos opiniones que luego haya que conciliar. La formación jurídica belga y española del socio fundador, y su trabajo en cuatro idiomas, permiten que esa coordinación se haga leyendo directamente los documentos y no a través de traducciones.
¿Cómo se facturan los asuntos?
La primera reunión es siempre sin coste ni compromiso, y sirve para entender el asunto y darle un criterio de partida.
A partir de ahí trabajamos por fases. La primera es siempre de análisis y concluye en un informe escrito con el diagnóstico, las alternativas y sus consecuencias. Esa fase se presupuesta a precio cerrado, de modo que usted sabe desde el principio cuánto va a costar y qué recibe a cambio.
La ejecución posterior se presupuesta por separado, ya con el alcance conocido, y usted decide entonces si sigue adelante. En ningún momento asume un compromiso abierto.
Todos los honorarios se acuerdan por escrito antes de iniciar la actuación. No trabajamos con honorarios condicionados al resultado en asuntos donde ello pueda comprometer la independencia profesional.
¿Cómo gestiona el despacho la confidencialidad?
El secreto profesional ampara cuanto nos comunique desde el primer correo o la primera llamada, con independencia de que el asunto se acepte después o no, y alcanza por igual a todas las personas que colaboran con el despacho, que están sujetas a compromiso expreso de confidencialidad. Por eso puede enviarnos documentación con tranquilidad desde el principio: sin ella no podemos valorar su asunto ni proponerle un presupuesto. La documentación sensible viaja por canales cifrados y se conserva en sistemas bajo nuestro control exclusivo, sin que se facilite a terceros ni se emplee para ninguna finalidad ajena a su asunto. En jurisdicciones múltiples aplicamos el estándar más exigente de los implicados, no el promedio.
¿Cuánto tardan en responder?
Respondemos a toda consulta en menos de dos días hábiles, y con frecuencia el mismo día. Si el asunto exige actuar de inmediato —una notificación recibida, un plazo a punto de vencer— lo decimos en esa primera respuesta y le damos prioridad. La primera reunión, presencial o por videoconferencia, se fija en la fecha que mejor le convenga.
¿Trabajaré directamente con el socio fundador o me asignarán a un asociado junior?
Directamente con el socio fundador. La estructura del despacho está deliberadamente diseñada para que René Dechamps Azanza lleve personalmente cada asunto, con el apoyo del equipo del despacho cuando es necesario para la operativa concreta. No es una cuestión de modelo comercial, sino de cómo entendemos el ejercicio profesional desde 1982.
¿Qué distingue a este despacho como despacho boutique?
La distinción es operativa, no tarifaria: usted trata directamente con el socio que conoce el caso desde el primer encuentro hasta la firma de los escritos, sin equipos rotatorios ni interlocutores que cambian. En asuntos internacionales, esa continuidad es lo que permite una visión integrada del conjunto del expediente.
¿Cuándo conviene planificar la sucesión internacional antes de un traslado de residencia?
Idealmente, con doce a dieciocho meses de antelación respecto al cambio efectivo de residencia. La planificación previa permite ordenar la titularidad de los bienes según la fiscalidad del país de destino, anticipar la aplicación del Reglamento (UE) 650/2012 sobre sucesiones, optimizar la liquidación de impuestos por traslado y, en su caso, estructurar el patrimonio empresarial familiar. Una reorganización tardía puede consolidar la fiscalidad de salida sin posibilidad de modular su impacto.
¿Aceptan asuntos puntuales o solo relaciones de larga duración?
Ambos. Hay clientes con los que mantenemos una relación continuada desde hace décadas y otros que acuden al despacho para un asunto concreto —una herencia, una compraventa, una inspección tributaria— y no vuelven a necesitarnos. Lo que decide si aceptamos un asunto no es su duración ni su cuantía, sino la materia: que esté dentro de lo que el despacho lleva.
¿Su asunto no encaja en estas preguntas?
Escríbanos describiendo brevemente la situación. La primera reunión es sin coste ni compromiso.
Solicitar una primera reunión